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Reforma prohíbe jornadas laborales excesivas sin pago extra

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Andrea Ramírez

19/06/2024 - 12:20 pm

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De acuerdo a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación(DOF), ya entró en vigor una reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos que busca inhibir prácticas de explotación laboral. 


Anteriormente, esta ley identificaba como explotación laboral tres situaciones específicas: trabajar en condiciones insalubres sin la debida protección, enfrentar cargas laborales desproporcionadas a la compensación recibida, y recibir sueldos que son inferiores al salario mínimo. Sin embargo, con esta reforma, ahora también se define como explotación laboral trabajar más de 8 horas diarias sin pago de horas extra. Se considera fuera de la ley cuando una persona trabaja más de tres horas extra al día y más de nueve semanales, aunque sean pagadas. 


Aquellos jefes, patrones y empresas que no cumplan con la ley podrán ser acreedores a una sanción de tres y hasta diez años de prisión, y de entre cuatro y doce años de cárcel cuando las personas afectadas pertenezcan a comunidades indígenas o afromexicanas. Además, recibirán una multa que va de 542 mil 850 a 5 millones 428 mil 500 pesos, y de 759 mil 990 y 7 millones 599 mil 900 pesos, respectivamente. 


La reforma tiene como objetivo evitar lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha calificado como "jornadas inhumanas" y desincentiva a los patrones que estaban usando jornadas en exceso, logrando un límite en el tiempo de trabajo.



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